La norma EN 12004:2007 también establece, en su capítulo 7, unos requisitos de marcado y etiquetado:
- Marca del fabricante y lugar de origen
- Fecha y código de producción, caducidad y condiciones de almacenamiento
- Mención a la norma y fecha de publicación
- Tipo de adhesivo, según los tipos y clases descritos en el capítulo 6 de la norma, recomendando la utilización de los símbolos o códigos
- Instrucciones de uso, indicando:
- Las proporciones de mezcla (cuando sea necesario)
- El tiempo de maduración (entendido como intervalo de reposo después de la mezcla y antes de su uso) en adhesivos cementosos (cuando sea necesario)
- Vida útil
- Modo de aplicación
- Tiempo que ha de transcurrir hasta el rejuntado y permitir el tránsito (en solados y cuando sea necesario)
- Ámbito de aplicación (tipo de baldosas, suelos, paredes, interiores, exteriores, etc.)
La norma también indica que puede incluirse información relativa a las
propiedades especiales del adhesivo, cuando vaya destinado a aplicaciones específicas.
Toda esta información debe marcarse en el embalaje y/o en la documentación técnica del producto.
Independientemente de lo anterior, los adhesivos para la colocación de baldosas cerámicas y otros materiales rígidos modulares están sujetos al cumplimiento del
marcado CE para los Productos de Construcción [Mandato de la UE (89/106/CEE)] y, más concretamente, el Mandato M/127 “Adhesivos para la construcción”.
Respecto a versiones anteriores de la norma, la actual de 2007 incorpora en un único cuadro [
Tabla ZA.1-Capítulos relevantes de los adhesivos para baldosas] las características esenciales y la mención correspondiente a los apartados de requisitos, niveles y/o clases y notas sobre
valores umbrales y
mínimos según los casos.
Aparentemente, la nueva versión de EN 12004 de 2007 no introduce ninguna novedad en su Anexo informativo
ZA. Sin embargo, una atenta lectura de la
Tabla ZA.1, con los nuevos conceptos de valor umbral y valor mínimo, conjuntamente con el largo párrafo que le sigue y que se inicia con: “Los requisitos relativos a una característica determinada no son de aplicación en los Estados Miembros en los que no exista reglamentación al respecto para el uso previsto del producto”.
Ambas cuestiones reglamentarias se aplican sobre los adhesivos cementosos, para los que sólo se exige un
valor umbral de resistencia a la tracción de
0,5 N/mm2 para medir la adherencia bajo tres ensayos diferenciados:
- La adherencia inicial según el apartado 8.2 de EN 1348:2007, que especifica la medida de la adherencia:
- Tras 27 días de almacenamiento en condiciones de laboratorio [(23±2)ºC y (50±5) % HR] y otras 24 horas con los cabezales de tracción pegados, para los adhesivos de fraguado normal
- Como máximo a las 6 horas de haber colocado las baldosas, para los adhesivos de fraguado rápido
- La adherencia tras inmersión en agua, según el apartado 8.3 de EN 1348:2007, que especifica la medida de la resistencia a la tracción, bajo las condiciones de:
- 7 días en ambiente de laboratorio
- 13 días en inmersión en agua a temperatura ambiente
- 24 horas más en inmersión en agua tras pegar los cabezales de tracción
- Tras el proceso de acondicionamiento de las probetas se exige también un valor umbral de 0,5 N/mm2.
- Para los otros tipos de adherencia ni tan siquiera se hace referencia a las clases C 1 ó C 2 ni se fijan valores mínimos como es el caso de los adhesivos en dispersión (D 2) o de resinas reactivas (R 2). Sólo la nota al pié de la Tabla ZA.1 advierte que si no se declaran los valores de la resistencia a la tracción tras ciclos de hielo-deshielo [procedimiento 8.5 de EN 1348:2007] y tras envejecimiento térmico [procedimiento 8.4 de la norma EN 1348:2007] o estos valores están por debajo de los requisitos de la norma, el fabricante deben declarar el uso “no adecuado para exteriores”.
En consecuencia, persiste la relativa confusión de los adhesivos cementosos respecto a su adecuación al uso, por las siguientes razones:
► En primer lugar, persiste la
no consideración del
tiempo abierto como un requisito esencial, siendo que van destinados a la colocación de baldosas en
capa delgada y el riesgo de deficiente hidratación de los adhesivos cementosos es alto, no sólo en relación con la evaporación del agua antes de la cubrición sino también ante el riesgo nunca despreciable de absorción/succión desde la superficie de colocación y desde la propia baldosa (para los productos porosos y muy porosos).
Frente al fenómeno de la deshidratación de los adhesivos cementosos, la medida de la adherencia inicial no es en absoluto representativa de las condiciones reales de uso, incluso en interiores, pues:
- Las condiciones ambientales de temperatura, humedad relativa y viento pueden alejarse de las condiciones de laboratorio [(23 ± 2)ºC, (50 ± 5) % HR y velocidad del aire por debajo de 0,2 m/s]
- Las placas de hormigón para ensayos tienen una baja absorción/succión [0,5-1,5 cm3 según un ensayo descrito en el apartado 5.4 de la norma EN 1323:2007]
- Los ensayos de adherencia se efectúan con probetas de casi nula absorción [baldosas cerámicas del grupo BIa según EN 14411, con absorción ≤ 0,5%, para el ensayo de resistencia a la tracción según EN 1348:2007, apartado 5.2].
► En segundo lugar, la asociación de la durabilidad con el clima, por envejecimiento mediante tratamiento térmico, con la aparente vinculación del estrés elástico del adhesivo por variaciones dimensionales de los adherendos a causa de oscilaciones térmicas esconde una realidad palmaria: La deficiente hidratación del adhesivo cementoso por falta de protección de la membrana polimérica; es decir, la constatación con el ensayo de adherencia tras envejecimiento térmico [Apartado 8.4 de EN 1348:2007] de que el producto incorpora poca resina polimérica.
Es más lógico asociar la durabilidad con el ensayo de adherencia tras ciclos de hielo/deshielo [Apartado 8.5 de la norma EN 1348:2007], en destinos exteriores con riesgo de helada. Sin embargo, este ensayo detecta claramente la ausencia o escasez de compuestos poliméricos en el adhesivo, pues la membrana polimérica que se forma tras la hidratación del cemento ocupa los poros y capilares y, en buena medida, puentea la entrada de agua en estado líquido. De ahí la atribución de
impermeabilidad al agua y
permeabilidad al vapor de agua de los buenos adhesivos cementosos.
El anexo ZA de EN 12004:2007 especifica como características esenciales sobre las que debe informar el fabricante [en respuesta al Mandato M/127 de UE] las recogidas en el siguiente cuadro.
- Reacción al fuego para todos los tipos: Especificar las clases según la norma EN 13501-1:2001
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ADHESIVOS CEMENTOSOS [1] - Adherencia inicial R.T. ≥ 0,5 N/mm2
- Adherencia tras inmersión en agua R.T. ≥ 1 N/mm2
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ADHESIVOS EN DISPERSIÓN - Adherencia inicial R.C. ≥ 1 N/mm2
- Adherencia tras envejecimiento térmico R.C. ≥ 1 N/mm2
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ADHESIVOS DE RESINAS REACTIVAS - Adherencia inicial R.C. ≥ 2 N/mm2
- Adherencia tras inmersión en agua R.C. ≥ 2 N/mm2
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R.T.: Resistencia a la tracción, R.C.: Resistencia a la cizalladura [1] La sola especificación de estas características obliga al fabricante a declarar: Adhesivo cementoso no adecuado para usos en exterior |
El
marcado CE exige los siguientes requisitos:
- La inclusión del logotipo "CЄ" (según diseño y especificaciones de la Directiva 93/68/CE), preferentemente sobre el producto y, si no es posible, en la etiqueta, embalaje o en la documentación comercial.
- El nombre o marca comercial y dirección registrada del fabricante
- Los dos últimos dígitos del año en que se fija el marcado (que no tiene nada que ver con el año de fabricación del producto, salvo que coincidan ambos
- Referencia explícita a EN 12004
- Uso previsto, según los posibles destinos de la Tabla ZA.1: paredes, suelos o techos, en interiores o exteriores
- Clase y Subclase de reacción al fuego
- Durabilidad contra la acción del clima/envejecimiento térmico [1]
- Durabilidad contra la acción del agua/humedad [2]
- Durabilidad contra los ciclos de hielo-deshielo [3]
- La nota “no adecuado para usos en exterior” en los adhesivos cementosos que no cumplen los requisitos de adherencia tras envejecimiento térmico y/o tras ciclos de hielo/deshielo
Notas:
[1] Sólo con exigencia de valor umbral en los adhesivos D
[2] Sólo con exigencia de valor umbral en los adhesivos C y R
[3] No se exige valor umbral en ningún tipo de adhesivo. Sólo se contempla como opcional en los adhesivos C y sin asignar tampoco valor mínimo.
Además, la norma EN 12004:2007 especifica que las siglas PND (prestación no determinada) no pueden usarse en características para las que se ha asignado valor umbral.
La nueva versión de la norma también aclara que la designación (mediante códigos) o la descripción de otras características
debe mostrarse separadamente del marcado CE. Así, por ejemplo, el adhesivo
C 2E S1 o su descripción “Adhesivo cementoso mejorado con tiempo abierto ampliado y deformable”, pueden formar parte del marcado y etiquetado, o de la información técnica que se suministre en documentos comerciales.
El
marcado CE admite tres posibilidades:
- Una versión resumida en la que sólo constan en la “etiqueta” los primeros cinco requisitos de marcado descritos anteriormente, se supone que el resto de los requisitos figurarán en documentos comerciales
- Una versión resumida y una nota que remite a una página Web y un identificador único, conectando el producto con sus características
- Una versión completa que incluye los requisitos de descripción del producto.
En el documento
Ejemplos de marcado CE para adhesivos Vd. encontrará ejemplos comentados.